Tarjetas revolving

Tarjeta revolving de WiZink: qué resolvió el Supremo en 2020 y cómo reclamar

Lo único específico de esta entidad que podemos contarte con respaldo es la sentencia de 2020. El resto es la vía general para reclamar una revolving, aplicada a una tarjeta de WiZink, sin atribuirle nada más.

Redacción de Guía Deuda Actualizada: 31 de octubre de 2026 Información general, no asesoramiento jurídico

En 1 minuto

  • En la STS 149/2020, de 4 de marzo, el Supremo desestimó el recurso de Wizink Bank y confirmó la nulidad por usura de un crédito revolving con una TAE del 26,82 %, que había llegado al 27,24 %.
  • Comparó con el tipo medio de las tarjetas de crédito y revolving del Banco de España, algo superior al 20 % anual y ya muy elevado, y vio la diferencia notablemente superior.
  • Hoy, en las tarjetas revolving, el Supremo considera el interés notablemente superior si la diferencia con el tipo medio de mercado supera los 6 puntos porcentuales (STS 258/2023).
  • Para reclamar tu tarjeta, el camino es el general: pide tus datos, que la entidad debe darte en 5 días hábiles, compara tu TAE, reclama por escrito y negocia antes de demandar, que es requisito para que se admita la demanda.
  • Si tu contrato se declara nulo por usura, te devuelven lo pagado por encima del capital en los cinco años anteriores a la reclamación; la acción de nulidad no prescribe.

Si tienes o has tenido una tarjeta de WiZink y te preguntas si puedes reclamar, aquí tienes dos cosas: qué resolvió el Supremo en el caso de un crédito revolving de esa entidad y cómo se aplica a tu tarjeta la vía general para reclamar. Lo que no vas a encontrar es una respuesta sobre tu contrato sin verlo: si tu interés es usurario depende de tu TAE y del tipo medio con el que se compare, y lo que te explicaron antes de firmar depende de tus papeles.

La sentencia de 2020: qué resolvió

El 4 de marzo de 2020, en la STS 149/2020, el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo desestimó el recurso de Wizink Bank contra una sentencia que había declarado la nulidad de un contrato de crédito revolving con tarjeta por considerar usurario su interés. La TAE se fijó al principio en el 26,82 % y había llegado al 27,24 % cuando se presentó la demanda. Es decir, el Supremo confirmó la nulidad de ese contrato.

Con qué se comparó

El Supremo dijo que, para decidir si el interés de una revolving es usurario, el interés normal del dinero que sirve de referencia es el tipo medio de su propia categoría: el de las operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y revolving que publica el Banco de España en sus estadísticas oficiales. No el tipo medio de los créditos al consumo en general, sino el de su categoría, la de las tarjetas.

Por qué consideró usurario ese interés

El Supremo tuvo en cuenta que el tipo medio de referencia, algo superior al 20 % anual, ya era muy elevado, y consideró que una diferencia tan apreciable como la de ese caso, con una TAE del 26,82 %, era notablemente superior a ese índice.

También valoró el público al que suelen dirigirse estas tarjetas, particulares que no pueden acceder a créditos menos gravosos, y sus peculiaridades: el límite se recompone constantemente, los intereses y comisiones se capitalizan y las cuotas, bajas en comparación con la deuda, alargan mucho el tiempo de pago, hasta poder convertir al titular en un deudor cautivo. Y que un interés notablemente superior al normal no se justifica por el riesgo de impago de los créditos concedidos de forma ágil.

Lo que la sentencia no dice

La STS 149/2020 resolvió el caso de un contrato concreto, con su TAE y su tipo medio de referencia: no dice que todas las tarjetas de esa entidad sean usurarias, ni que lo sea la tuya, ni fija una TAE a partir de la cual lo es una tarjeta.

Lo que vino después

En la STS 258/2023, de 15 de febrero, el Supremo consideró que, en las tarjetas revolving, el interés es notablemente superior al normal del dinero si la diferencia entre el tipo medio de mercado y el pactado supera los 6 puntos porcentuales. Y en una sentencia del Pleno de 2025 añadió que la falta de transparencia de la cláusula de la TAE, valorada junto con las de amortización, anatocismo y cuota mensual baja, provoca un grave desequilibrio contrario a la buena fe. Las dos vías, la usura y la transparencia, las explicamos en la guía de la nulidad del contrato.

Tu tarjeta: qué mirar

Con el contrato y los extractos delante, estas son las cuatro preguntas que importan. Ninguna depende de la marca de la tarjeta.

¿Es un crédito revolving?

La normativa bancaria llama crédito revolving al crédito al consumo con interés, de duración indefinida o prorrogable automáticamente, concedido a personas físicas, en el que lo dispuesto no se paga entero al final de cada periodo de liquidación. Antes de contratarla, la entidad tenía que darte un documento separado con la modalidad de pago, nombrando expresamente el término revolving. Busca ese documento y el contrato: son los que lo confirman.

¿Qué TAE tienes, y desde cuándo?

Lo que se compara es la TAE, no el interés nominal. Apunta la del contrato y la actual: en el caso de 2020, la TAE había pasado del 26,82 % al 27,24 % cuando se presentó la demanda.

¿Cuánto supera al tipo medio?

Compárala con el tipo medio de las operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y revolving que publica el Banco de España: el Supremo considera el interés notablemente superior si la diferencia supera los 6 puntos porcentuales. Cómo hacer esa cuenta, con un ejemplo, lo tienes en la guía para reclamar una tarjeta revolving.

¿Qué te explicaron antes de firmar?

Antes de firmar, la entidad debía explicarte de forma transparente cómo funciona la recomposición del capital y cómo influye en los intereses y en la amortización, y la relación entre la TAE elevada, ese mecanismo y las demás cláusulas que crean los riesgos. Si no te lo explicaron, apúntalo: es lo que se examina en la vía de la transparencia.

Para ver lo que te cuesta la tarjeta con tu saldo, tu TAE y tu cuota, usa la calculadora revolving.

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Cómo reclamar una tarjeta de WiZink, paso a paso

El camino es el mismo que para cualquier tarjeta revolving. Aquí tienes el resumen; el detalle de cada paso y un modelo de escrito están en la guía para reclamar una tarjeta revolving.

  1. Pide la documentación. Si lo pides, la entidad tiene que darte en un máximo de 5 días hábiles las cantidades pagadas, la deuda pendiente desglosada en principal, intereses y comisiones, y el cuadro de amortización, gratis una vez al mes. Pide también la copia del contrato.
  2. Revisa el contrato. La TAE, la información previa, la letra y la cuota. Una cláusula no negociada no es legible si la letra mide menos de 2,5 milímetros, el interlineado menos de 1,15 milímetros o el contraste con el fondo dificulta la lectura.
  3. Compara con el tipo medio. Si la diferencia entre el tipo medio de mercado y el pactado supera los 6 puntos porcentuales, el interés es notablemente superior.
  4. Reclama por escrito a la entidad, con prueba de la fecha. La fecha importa: se puede reclamar lo pagado de más en los cinco años anteriores a la reclamación extrajudicial o a la demanda.
  5. Negocia. Para que se admita una demanda civil hay que haber acudido antes a algún medio adecuado de solución de controversias, como la negociación directa entre las partes o entre sus abogados.
  6. Si no hay acuerdo, demanda. Con un abogado, el contrato, los extractos, el cuadro de amortización y la prueba de la reclamación y de la negociación.

¿Y el Banco de España?

El Banco de España no resuelve si el interés de una tarjeta revolving es usurario, porque es una cuestión que solo pueden decidir los tribunales. Sí puede pronunciarse sobre la copia del contrato si la pediste antes en tu oficina o por el canal habilitado y no te la dieron.

Qué podrías recuperar

Si el contrato se declara nulo por usura, solo tienes que devolver la suma recibida; y si ya has pagado parte de ella y los intereses, la entidad te devuelve lo que, en el total cobrado, exceda del capital prestado. La acción para que se declare la nulidad no prescribe, pero lo pagado de más solo se recupera de los cinco años anteriores a la reclamación extrajudicial o a la demanda.

Ejemplo con cifras inventadas

Dispusiste de 5.000 € con la tarjeta y has pagado 7.200 €. Si el contrato se declara nulo por usura, se descuenta del total pagado el capital del que dispusiste, y el exceso, 2.200 €, es lo que te devuelven, siempre dentro de los cinco años anteriores a la reclamación.

Si lo que se anula es la cláusula del interés por abusiva o no transparente, esa cláusula es nula y el contrato sigue sin ella. Qué cantidades se recuperan en ese caso lo concreta el juez: pregúntaselo a un abogado con tu contrato delante.

Lo que esta guía no puede decirte

No tenemos datos respaldados sobre las condiciones actuales de las tarjetas de esta entidad, sobre cómo responde a las reclamaciones ni sobre otras resoluciones que le afecten, así que no los damos. Tampoco porcentajes de éxito ni cuánto tarda un juicio. Si alguien te ofrece cifras de casos ganados, pregunta de dónde salen y pide que te lo den por escrito.

Si además de la tarjeta tienes otras deudas que ya no puedes pagar, mira cómo negociar tus deudas o la Ley de Segunda Oportunidad.

Guías para el siguiente paso

Preguntas frecuentes

¿Qué dijo el Supremo sobre las tarjetas WiZink?

En la STS 149/2020, de 4 de marzo, desestimó el recurso de Wizink Bank y confirmó la nulidad por usura de un crédito revolving con una TAE del 26,82 %, que había llegado al 27,24 %. Y fijó que la referencia es el tipo medio de las tarjetas de crédito y revolving que publica el Banco de España. Resolvió el caso de ese contrato, con su TAE, no el de todas las tarjetas de la entidad.

¿Mi tarjeta WiZink es usuraria?

Depende de tu TAE y del tipo medio: el Supremo considera el interés notablemente superior si la diferencia entre el tipo medio de mercado y el pactado supera los 6 puntos porcentuales. Y quien lo decide son los tribunales, no el Banco de España.

¿Puedo reclamar si ya cancelé mi tarjeta WiZink?

La acción para que se declare la nulidad por usura no prescribe. La de recuperar lo pagado sí: se puede reclamar lo pagado de más en los cinco años anteriores a la reclamación extrajudicial o a la demanda.

¿Cómo pido a WiZink mis movimientos y el contrato?

Por escrito, por el canal que tenga habilitado la entidad. Tiene que darte en un máximo de 5 días hábiles lo pagado, la deuda pendiente desglosada y el cuadro de amortización, y esa información es gratuita una vez al mes. Si pides la copia del contrato y no te la dan, el Banco de España puede pronunciarse sobre esa petición.

¿Tengo que negociar con WiZink antes de demandar?

Sí, por regla general: para que se admita una demanda civil hay que haber acudido antes a algún medio adecuado de solución de controversias, y la negociación directa entre las partes o entre sus abogados cumple ese requisito.

¿Hay otras sentencias contra WiZink?

La que podemos citar con su nota oficial es la STS 149/2020, que resolvió el recurso de Wizink Bank. No damos otras resoluciones ni estadísticas de casos porque no las podemos respaldar.

Esta guía es información general. No sustituye el consejo de un abogado sobre tu caso, y las normas y su interpretación cambian. Estamos sometiendo nuestras guías a la revisión de un abogado colegiado: cuando una lo esté, lo indicará aquí con su nombre y la fecha.

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